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Ley de la Segunda Oportunidad para autónomos

Si tu negocio no ha ido como esperabas y las deudas te superan, también tienes una salida legal. Te contamos cómo funciona para autónomos, en activo o que ya han cerrado.

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🗓 Actualizado: 18 de octubre de 2026⏱ 7 min de lectura✍ Luis Aganzo y el equipo jurídico de 123 Reclama Otra Vez
⚖️ Revisado por Miguel Abellán, abogado

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Respuesta rápidaSí, los autónomos pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, tanto si siguen en activo como si han cerrado su actividad. Se pueden cancelar deudas con bancos, proveedores, financieras y, dentro de los límites legales, con Hacienda y la Seguridad Social. Los requisitos básicos son no poder pagar, actuar de buena fe y no estar en ninguna causa de exclusión.

¿Qué deudas de un autónomo se pueden cancelar?

  • Préstamos y pólizas de crédito del negocio, incluidos los avalados personalmente.
  • Facturas pendientes con proveedores.
  • Tarjetas, préstamos personales y microcréditos.
  • Alquileres atrasados del local o de la vivienda.
  • Deudas con Hacienda y la Seguridad Social, con un límite: según la normativa vigente, hasta 10.000 € con cada organismo (los primeros 5.000 € íntegros y, a partir de ahí, el 50 %). Te lo explicamos con detalle en deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

No se cancelan, entre otras, las pensiones de alimentos, las multas penales ni las deudas derivadas de un delito.

Requisitos para un autónomo

  • Insolvencia: no poder pagar tus deudas a medida que vencen, o prever que no podrás hacerlo pronto.
  • Buena fe: no ocultar bienes, ingresos ni deudas, y colaborar con el juzgado.
  • Sin causas de exclusión: por ejemplo, no tener condenas recientes por delitos económicos o contra la Hacienda Pública, ni sanciones firmes muy graves tributarias o de Seguridad Social en los últimos años.
  • Más de un acreedor, como ocurre casi siempre.

Tienes la lista completa en requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Puedo seguir trabajando como autónomo?

En general, sí. Acogerte a la Segunda Oportunidad no te impide seguir con tu actividad. Si eliges la vía del plan de pagos, conservas tus bienes, incluidos los que necesitas para trabajar, y pagas una parte de la deuda según tu capacidad durante el plan. Si ya has cerrado, la vía de liquidación suele ser más rápida.

¿Y si tengo un negocio pequeño con trabajadores?

La reforma de 2022 creó un procedimiento especial para microempresas. Si tienes empleados o un volumen de negocio significativo, en el estudio valoramos cuál es la vía más adecuada para tu caso.

Documentos que te pediremos

  • DNI y última declaración de la renta.
  • Declaraciones trimestrales de IVA e IRPF del último año.
  • Certificados de deuda con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Contratos y extractos de préstamos, pólizas y tarjetas.
  • Listado de proveedores y facturas pendientes.

Si te falta algo, no pasa nada: en la primera consulta, que es gratuita, te ayudamos a reunirlo.

Abogados de la Segunda Oportunidad cerca de ti

Tenemos oficinas en Elche, Catral y Alcalá de Guadaíra, y atendemos en toda España. Consulta la página de tu zona: Elche · Alicante · Torrevieja · Murcia · Cartagena · ver todas las ciudades.

Este artículo es informativo y está actualizado a la fecha indicada. Cada caso es distinto: para saber cómo se aplica al tuyo, pide tu estudio gratuito.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Tengo que darme de baja como autónomo?

No necesariamente. Puedes acogerte en activo; en el estudio valoramos si te conviene seguir o cerrar.

¿Se cancelan las cuotas de autónomo que debo?

Sí, las deudas con la Seguridad Social pueden cancelarse dentro del límite legal, y lo que no se cancele puede aplazarse.

¿Qué pasa con los préstamos que avalé personalmente?

Como avalista respondes con tu patrimonio, así que esas deudas también pueden incluirse en tu procedimiento.

¿Puedo volver a emprender después?

Sí. Tras la exoneración puedes volver a darte de alta y empezar de nuevo sin arrastrar las deudas canceladas.

¿Tienes otra pregunta?

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