Blog · Segunda Oportunidad
«¿Y esta también se cancela?» Es la pregunta que más nos hacen. Aquí la respondemos para cada tipo de deuda, con lo bueno y con lo que no te van a quitar.
📝 Haz el test gratuitoDescubre en 1 minuto si puedes cancelar tus deudas →La mayoría de las deudas del día a día se cancelan: tarjetas, préstamos personales, microcréditos, descubiertos, facturas o lo que debas a proveedores. Con Hacienda, la Seguridad Social y el ayuntamiento hay un tope por cada administración. Y hay unas pocas que no se cancelan nunca, como la pensión de alimentos, las multas penales o la parte de la deuda cubierta por una hipoteca.
Cuando alguien nos llama por primera vez, casi siempre trae una lista mental: «debo la tarjeta, dos préstamos, algo a Hacienda y la multa del coche». Y detrás de cada deuda, la misma duda.
La ley no cancela «todo», y desconfía de quien te diga lo contrario. Pero tampoco cancela «casi nada», que es lo que mucha gente cree. La realidad está en medio, y para la mayoría de personas es una muy buena noticia.
Vamos deuda por deuda. Sin tecnicismos.
| Deuda | ¿Se cancela? | Matiz |
|---|---|---|
| Tarjetas de crédito y revolving | Sí | Se cancelan aunque la deuda sea grande |
| Préstamos personales y microcréditos | Sí | También los préstamos rápidos online |
| Descubiertos, recibos y facturas | Sí | Luz, teléfono, gimnasio, proveedores |
| Préstamos de familiares o amigos | Sí | Son deudas como cualquier otra |
| Deudas como avalista de otra persona | Sí | Lo que debes por haber avalado entra en el procedimiento |
| Hacienda y Seguridad Social | En parte | Recargos e intereses enteros; del resto, hasta 10.000 € por administración |
| Ayuntamiento, diputación, comunidad autónoma | En parte | Mismas reglas que Hacienda, con su propio tope |
| Multas y sanciones no muy graves | Sí, como deuda pública | Siguen las reglas de la administración que las impuso |
| Hipoteca u otra deuda con garantía | Solo lo que no cubre la garantía | Si te quedas la casa, la hipoteca se sigue pagando |
| Pensión de alimentos | No | Nunca se cancela |
| Multas penales y sanciones muy graves | No | Tampoco la responsabilidad civil por un delito |
| Indemnizaciones por daños personales | No | Ni por accidentes de trabajo |
| Últimos salarios de tus trabajadores | No | Si eres autónomo con empleados |
Aquí entra lo que los juristas llaman deuda ordinaria, que en la práctica es la gran mayoría de lo que debe una familia:
Ejemplo inventado para que se entienda: Cliente Ejemplo debe 18.000 € entre tres tarjetas, un préstamo personal y dos microcréditos. Si cumple los requisitos, todo eso es deuda que la ley permite cancelar.
Durante años se repitió que con Hacienda «no había nada que hacer». No es verdad. Lo que hay es un límite, y el Tribunal Supremo lo ha dejado bastante claro en 2026.
Esto incluye el IBI impagado, las tasas municipales o las multas de tráfico: son deuda pública y siguen las mismas reglas.
Un detalle que pocos cuentan: este tope solo se aplica la primera vez. Si vuelves a acogerte a la ley en el futuro, la deuda con Hacienda y la Seguridad Social ya no se cancela.
Y lo que quede pendiente con la administración no desaparece, pero se puede aplazar. Te explicamos el cálculo con casos reales del Supremo en este artículo sobre deudas con Hacienda.
Aquí hay que separar dos cosas.
Si quieres quedarte con tu casa, la hipoteca no se cancela: la sigues pagando. Lo que sí puedes es cancelar el resto de tus deudas y, con un plan de pagos, conservar la vivienda.
Si la casa se vende o se la queda el banco y no llega para pagar toda la hipoteca, la parte que queda pendiente sí se puede cancelar. Es la deuda que antes perseguía a mucha gente durante años después de perder su piso.
Lo mismo vale para cualquier deuda con una garantía: lo que cubre la garantía se paga con ella, y lo que no cubre puede cancelarse.
La ley deja fuera unas pocas deudas por un motivo: protegen a otras personas o castigan conductas graves. Son estas:
Además, el juez puede dejar fuera, de forma excepcional, una deuda concreta si cancelarla dejara en la ruina al acreedor. Piensa en un pequeño autónomo al que le debes mucho dinero.
Cada caso es distinto. Lo que debes, a quién y cómo llegaste ahí cambia mucho el resultado.
En 123 Reclama Otra Vez hemos ayudado a cancelar más de 12 millones de euros en deudas, con más del 95 % de casos con éxito. Revisamos tu lista de deudas y te decimos, con claridad, cuáles se cancelarían y cuáles no.
Este artículo es informativo y está actualizado a la fecha indicada. Cada caso es distinto: para saber cómo se aplica al tuyo, pide tu estudio gratuito.
La mayoría de las deudas con bancos, financieras, proveedores y particulares: tarjetas, revolving, préstamos personales, microcréditos, descubiertos o facturas. Las deudas con Hacienda, la Seguridad Social y otras administraciones se cancelan en parte, con un tope por cada una.
La pensión de alimentos, las indemnizaciones por daños personales, la responsabilidad civil por un delito, las multas penales, las sanciones administrativas muy graves y los últimos salarios de tus trabajadores. Tampoco la parte de una deuda cubierta por una hipoteca u otra garantía.
Los recargos, intereses y sanciones no muy graves se cancelan enteros. Del resto se cancelan los primeros 5.000 € y la mitad de lo que supere esa cifra, hasta 10.000 €. Ese tope se aplica por separado a cada administración.
Si te quedas con la vivienda, no: la hipoteca se sigue pagando. Si la casa se vende o se la queda el banco y queda deuda pendiente, esa parte sí se puede cancelar.
Sí, como deuda pública. Siguen las mismas reglas que las deudas con Hacienda, con el tope de la administración que las impuso. Las sanciones muy graves no se cancelan.
Sí. Son deudas ordinarias como cualquier otra. Eso sí, el juez puede pedir que justifiques que el préstamo existió y para qué se usó.