La justicia europea te da la razón. El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del 12 de diciembre de 2019 declara discriminatorio el complemento de maternidad a las pensiones de jubilación, viudedad e incapacidad que se concedía exclusivamente a las madres que en el momento de concederé la pensión tenían 2 o más hijos.
Como consecuencia de esta sentencia, todos los hombres que estén en las mismas condiciones que las mujeres pueden solicitar el complemento de “maternidad” a su pensión.
De igual manera ocurre con los funcionarios de clases pasivas que se encuentren en las mismas circunstancias que los jubilados por la seguridad social, ya que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia, el 25 de noviembre de 2021 que sienta jurisprudencia, siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos.
Sentencia del 12 de diciembre de 2019 del TJUE
Sentencia del 25 de noviembre de 2021 del Tribunal Supremo
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